Asamblea

Artículo 14. La Asamblea General

14.1. La Asamblea General está integrada por los colegiados y las colegiadas reunidas en forma, previa convocatoria al efecto. Las Asambleas Generales pueden ser Ordinarias o Extraordinarias.

14.2. La reunión de la Asamblea General Ordinaria se celebrará, como mínimo, una vez al año.

14.3. Además, la Asamblea General se podrá reunir de forma Extraordinaria cuantas veces sea debidamente convocada a iniciativa de la Presidencia, de la Junta de Gobierno o del número de personas colegiadas que se establece en los presentes Estatutos.

14.4. Los acuerdos adoptados por la Asamblea General en las materias de su competencia serán obligatorios para todos sus miembros, sin perjuicio del régimen de recursos existente.

Artículo 15. La Asamblea General

La Asamblea General es el Órgano Soberano del Colegio y como tal, es el máximo órgano de expresión de la voluntad colegial.

Se regirá por los principios de participación directa, igual y democrática de todos sus asistentes. Para tomar parte en la Asamblea General es necesario estar colegiado o colegiada con un mes de anterioridad a la fecha de la convocatoria de la Asamblea General que se celebre. En la Asamblea General pueden participar todas las personas colegiadas que estén en plenitud de sus derechos.

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